Un vertedero de residuos es una instalación de eliminación de basuras mediante su depósito subterráneo o en superficie. Se entiende que el tiempo de almacenamiento es superior a seis meses (en el caso de vertederos de residuos peligrosos), un año (si su destino final es la eliminación) o a dos años (vertedero destinado a la valorización o reutilización de productos).
También se considera vertedero de residuos a instalaciones propias destinadas a eliminación de desechos, es decir, el lugar donde un productor elimina sus residuos sin salir de su parcela.
La gestión de los vertederos de residuos tiene competencia municipal. El vertido es la última posibilidad contemplada dentro de la jerarquía de gestión según la Directiva Marco de Residuos y la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados. Por ese motivo, sólo se depositan en los vertederos los residuos que no pueden ser valorizados, reutilizados, ni reciclados.
Siempre que sea posible se realizará un tratamiento previo (excepto los inertes) para reducir su volumen o peligrosidad, y disminuir su potencial daño ambiental.
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Los tipos de vertederos de residuos
La Decisión del Consejo 2003/33/CE define los procedimientos y valores límites de admisión en cada tipo de vertedero, cuya tipología y características se describen en a continuación.
El Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, clasifica los vertederos en las categorías siguientes según la topología de residuos que se depositen:
Vertederos de residuos inertes
Los residuos admisibles son despojos que cumplen la definición de “residuo inerte” establecida en el artículo 2. B) del R.D. 1481/2001.
Se establece una lista de residuos exentos de la realización pruebas de caracterización básica, que corresponden fundamentalmente a los residuos de construcción y demolición (RCD’s).
Los residuos inertes podrán eliminarse en vertederos de residuos no peligrosos, siempre y cuando dichos residuos cumplan los criterios apropiados.
Vertederos de residuos no peligrosos
Se prevén tres subcategorías de vertederos de residuos no peligrosos:
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- Vertederos para residuos inorgánicos con un contenido bajo en componentes orgánicos biodegradables.
- Vertederos para residuos orgánicos.
- Vertederos para residuos mixtos no peligrosos con un contenido sustancial de materiales orgánicos biodegradables y de materiales inorgánicos.
Los vertederos de la primera categoría corresponden a residuos industriales con un bajo contenido en materia biodegradable. En relación a esta tipología de vertederos, la normativa permite la eliminación conjunta (en una misma celda de vertido) de los siguientes tipos de residuos:
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- Residuos no peligrosos inorgánicos no biodegradables, que cumplan los valores límite establecidos en la Decisión (2.2.2.).
- Residuos peligrosos no reactivos estables, siempre y cuando cumplan los valores límite establecidos en la Decisión (2.3.1).
- Residuos no peligrosos a base de yeso.
- Residuos de amianto, siempre y cuando verifique una serie de requisitos de forma de entrega, manipulación y explotación.
Solo se establecen los valores límites para aquellos residuos no peligrosos que pueden eliminarse de forma conjunta con residuos peligrosos estables no reactivos. El resto de los residuos no peligrosos no están sujetos a pruebas de caracterización y cumplimiento.
Esta novedad legislativa permite la eliminación de un residuo peligroso dentro de un vertedero de residuos no peligrosos, si bien establece unas condiciones rigurosas de obligado cumplimiento para que este vertido pueda realizarse.
En este sentido, los tratamientos de estabilización estarán orientados a buscar este objetivo, porque reduce el coste de vertido (que suele ser más económico en un vertedero de residuos no peligrosos) y el riesgo de liberación de las sustancias contaminantes. Para esto se ha considerado incluir un criterio de valores límite de lixiviación.
También, se prevé la admisión en vertederos de residuos no peligrosos de residuos de amianto (que hasta la fecha solía gestionarse en vertederos de residuos peligrosos) e incluso, en algunos casos, residuos inertes.
La segunda clase de vertederos corresponde a los residuos municipales, con arreglo a la definición establecida en el artículo 2.b) de la Directiva, y clasificados como no peligrosos en el capítulo 20 del LER. Estos residuos serán admisibles sin realización previa de pruebas de caracterización y seguimiento. Nunca podrán ser vertidos en aquellas celdas donde se viertan residuos peligrosos no reactivos estables, descrita anteriormente.
Estos vertederos pueden subdividirse, por ejemplo, en vertederos biorreactores y en vertederos de residuos tratados biológicamente.
Vertederos de residuos peligrosos
Los residuos clasificados como peligrosos según la legislación vigente se depositan en vertederos de residuos peligrosos. Por ejemplo, un producto que contenga una cantidad superior a 2 miligramos por kilogramo de mercurio, o una cantidad de sulfatos superior a 50 gramos por kilo debe ser gestionado en un vertedero de este tipo.
Los tipos de vertederos según la clase de residuos
Otra clasificación complementaria de vertederos de residuos se aborda desde un punto de vista más cercano a la gestión. Esta se basa en agrupar los vertederos en función de los residuos que reciben. En este caso, tenemos:
Vertedero de residuos urbanos
Un vertedero es un almacenamiento con carácter definitivo de residuos en tierra, en el que se deben controlar y someter a seguimiento todos los aspectos ambientales al objeto de no afectar al entorno, o en todo caso, conseguir que los efectos ambientales sean mínimos.
Un vertedero de residuos urbanos es un digestor de grandes dimensiones, situado en el suelo o en el subsuelo. Dentro de este gran digestor durante mucho tiempo se producen complejas reacciones químicas y biológicas.
Vertedero de residuos industriales
Este tipo de vertedero contiene fundamentalmente residuos resultantes de los procesos de fabricación, de transformación, de utilización, de consumo, de limpieza o de mantenimiento generados por la actividad industrial, excluidas las emisiones a la atmósfera reguladas en la Ley 34/2007.
Los vertederos de residuos industriales se construyen habitualmente cerca de polígonos industriales con el fin de reducir las distancias desde el lugar de generación hasta el lugar de gestión. Esto disminuye los costes de la gestión completa de los residuos.
Vertedero de residuos de construcción y demolición (RCDs)
Se denominan RCD cualquier sustancia u objeto que, cumpliendo la definición de residuo, se generan en una obra de construcción o demolición.
Se entiende como obras de construcción y demolición las actividades consistentes en la construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición de un bien inmueble, tal como un edificio, carretera, puerto, aeropuerto, ferrocarril, canal, presa, instalación deportiva o de ocio, y cualquier otro análogas de ingeniería civil.
También se incluye los residuos generados en obras menores, definidas como las de construcción o demolición de escasa entidad constructiva y económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número de viviendas y locales.
La definición precisa puede diferir en cada término municipal conforme a su ordenanza fiscal reguladora de las licencias urbanísticas.
Este tipo de vertedero de residuos suele organizarse de tal forma que permita la reutilización de sus restos.
A modo de ejemplo en los vertederos de RCD podemos encontrar:
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- Materiales pétreos (piedras, mármoles, pizarra). Pueden machacarse para fabricar áridos o para rellenar terraplenes, subsuelos de carreteras, etc.
- Los restos metálicos pueden fusionarse para crear nuevos metales.
- Plásticos. Su separación debe ser la más rigurosa y debe hacerse aparte del resto de residuos inertes.
- Los residuos de madera pueden triturarse para fabricar palés, andamios o tableros aglomerados. También pueden servir como base para producir biomasa.
- Asfaltos, Caucho y PVC. Los restos de PVC sirve para fabricar suelos industriales y de garaje, y para proteger cableado eléctrico. Con estos tres materiales también se elaboran pavimentos para carreteras.
Vertedero de residuos radioactivos
Este tipo de vertedero de residuos se diseña para albergar todo tipo de material o de producto de desecho que presenta trazas de radiactividad y para el cual no está previsto ningún uso. Se incluyen los líquidos y gases residuales contaminados.
La Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A. fue creada en 1984. ENRESA es responsable de todas las actividades sobre la gestión de residuos radiactivos, y de las operaciones derivadas del desmantelamiento de instalaciones nucleares en España.
Modificaciones del Real Decreto 1481/2001 de vertederos de residuos
Desde el pasado octubre de 2019, se aplican las modificaciones del Real Decreto 1481, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. A modo de resumen, las principales modificaciones incluidas son:
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- Refuerzo de la obligación de someter los residuos a un tratamiento previo a su depósito en vertedero.
- Impulso del tránsito a la economía circular a través del establecimiento de objetivos de reducción de residuos municipales.
- Previsión de la prohibición de eliminación en vertederos de residuos aptos para reciclar.
- Inclusión de la prohibición de las prácticas de mezcla de residuos cuando su finalidad sea cumplir los criterios de admisión de los residuos.
- Establecimiento de un régimen de tasas de admisión de residuos en vertedero.
- Utilización de “instrumentos económicos” por parte de las administraciones para potenciar el cumplimiento del principio de jerarquía en la gestión de los residuos.
- Refuerzo de inspección periódica de los vertederos de residuos por parte de las autoridades competentes.
Además incluye consideraciones como:
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- Exigir al productor información adecuada sobre los productos que se depositan en el vertedero de residuos.
- La eliminación de la posibilidad de realizar devoluciones de fianzas referentes a los costes de vigilancia y mantenimiento del vertedero durante el periodo post-clausura.
Los vertederos controlados
Los vertederos controlados son depósitos en los que existe una impermeabilización total del suelo, unos sistemas de canalización de lixiviados y tuberías que recogen el biogás que se forma en su interior (pudiendo realizar un aprovechamiento energético de este gas).
Actualmente está totalmente prohibido gestionar las basuras y escombros de otra forma que no sea mediante su deposición en un vertedero controlado.
El objetivo es evitar problemas como la contaminación de aguas, la generación de sustancias peligrosas, la transmisión de enfermedades o ser foco de incendios.
Vertedero de residuos urbanos de Alcalá de Henares
El vertedero de residuos urbanos de Alcalá de Henares da servicio a los municipios de la zona Este de Madrid. Se trata de un vertedero de residuos urbanos controlado de media densidad con cubrición diaria de los RSU.
En esta instalación ambiental se gestiona el tratamiento final de los residuos sólidos urbanos tanto de procedencia domiciliaria como de procedencia particular .
El plan de explotación del vertedero de residuos urbanos de Alcalá define que los residuos se depositan formando celdas. Aproximadamente tienen una altura de 2,7 metros de altura. Se colocan mediante un frente de vertido de 30 a 35 metros de ancho formando calles a lo largo del vaso.
Estas calles se empiezan siempre por uno de los extremos longitudinales del vaso hasta llegar al otro extremo. En ese lugar, se comienza otra calle, y así sucesivamente hasta completar la superficie total del vaso.
Una vez compactados los RSU se procede a realizar la capa de cubrición diaria con tierras apropiadas. Se aplica un espesor final de unos 30 cm, la cual garantiza la cubrición y el tapado de los residuos sólidos urbanos depositados procediendo a la formación sucesiva de la nueva celda de vertido.
Además existe una instalación de generación de energía Eléctrica siendo la fuente de energía el Biogás producido en la degradación de los RSU depositados en este vertedero de residuos urbanos.
Planta de envases de Nueva Rendija
La instalación también dispone de una planta de transferencia de RSU de la recogida selectiva de los Envases Ligeros (bolsa amarilla) para su transporte a la planta de clasificación de envases de Nueva rendija.
La planta de envases de Nueva Rendija da servicio al tratamiento y clasificación de los RSU provenientes de la recogida selectiva de Envases Ligeros de los municipios de la zona este de Madrid. La instalación trata la totalidad de los residuos generados en dicha zona y separa, clasifica y recicla los diferentes materiales solicitados y que componen dichos residuos.
Dichos materiales una vez separados, clasificados y embalados se retiran por los diferentes recicladores autorizados para su reutilización como materia prima. Los materiales recibidos son: PEAD, PEBD (film), PET, cartón para envases (brik), envases férricos, envases aluminio, plástico mezcla, y cartón
La planta de recicleje dispone de una nave de recepción de los residuos a tratar. El sistema de explotación consiste en la separación o triaje manual de dichos residuos para su clasificación siendo la separación de los materiales metálicos de manera automatizada. El rechazo de estos residuos una vez separados y que carece de reciclado se transporta al vertedero de residuos urbanos de Alcalá de Henares para su tratamiento final.
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